El contenido de este artículo es únicamente informativo y no sustituye la asesoría de un contador o especialista fiscal.
Lo que debes saber
Desde el 1 de enero de 2026, por la Ley de Ingresos de la Federación 2026, RedGirasol retiene automáticamente el ISR e IVA de tus rendimientos antes de pagártelos. Aun así, sigues siendo responsable de declarar estos ingresos ante el SAT — la retención no sustituye tu declaración.
Glosario rápido
| Término | Qué significa |
|---|---|
| ISR | Impuesto Sobre la Renta, sobre tus ingresos. |
| IVA | Impuesto al Valor Agregado. |
| Retención | El dinero que RedGirasol descuenta automáticamente de tus rendimientos antes de pagártelos. |
| Constancia de retención | El comprobante mensual de cuánto se te retuvo, que usarás en tu declaración. |
| CFDI | La factura electrónica que emite el SAT. |
| Régimen de "Otros ingresos" / "Demás ingresos" | La categoría fiscal en la que debes estar dado de alta para declarar los intereses que ganas en RedGirasol. |
¿De cuánto son las retenciones?
- Personas físicas y morales: 20% de ISR sobre el rendimiento, más 100% del IVA correspondiente.
- Inversionistas extranjeros: 35% de ISR, más 100% del IVA correspondiente.
Ejemplo
Si ganas $100 de rendimiento como persona física, se te retiene $20 de ISR (más el IVA correspondiente), y el pago que ves reflejado en tus movimientos ya es neto — es decir, con la retención ya descontada.
¿Necesito hacer algo para que se apliquen las retenciones?
No. RedGirasol lo hace automáticamente. Solo asegúrate de que tu Perfil Fiscal esté actualizado y completo en Mi Perfil; si no lo está, la retención se aplicará con un RFC genérico.
¿Dónde consulto mis retenciones?
En Estado de cuenta, pestaña "Resumen de retenciones".
¿Dónde obtengo mi constancia de retención?
Cada mes, en la sección Estados de cuenta, encontrarás la constancia del mes anterior.
¿Cuándo se aplican las retenciones?
Cada vez que recibes un pago de rendimiento — los montos que ves en tus movimientos ya son netos.
¿En qué régimen declaro mis ingresos ante el SAT?
Los ingresos por intereses que no vienen del sistema financiero (como los que generas en RedGirasol) deben declararse en el régimen de "Otros ingresos" o "Demás ingresos", tanto en tus pagos provisionales como en tu declaración anual.
⚠️ Si actualmente tributas en RIF o RESICO, es probable que no puedas seguir en ese régimen al darte de alta en "Otros ingresos", ya que son regímenes fiscales preferentes.
¿Cómo doy de alta o modifico mi régimen ante el SAT?
- Entra al trámite del SAT: Presenta el aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones fiscales.
- Da de alta el tipo de ingreso "Otros ingresos".
- Selecciona la actividad "Intereses por préstamos en el país".
¿Cómo actualizo mi Perfil Fiscal en RedGirasol?
- Entra a "Mi Perfil".
- Ve a "Perfil Fiscal".
- Captura tus datos exactamente como aparecen en tu Constancia de Situación Fiscal.
Declaraciones provisionales
- ISR (semestral): entra a Presenta tus pagos provisionales o definitivos de personas físicas, en "Otras obligaciones" selecciona "Otras obligaciones fiscales de Declarar", marca "ISR Personas física de los Demás Ingresos", y captura tus ingresos (los encuentras en tu estado de cuenta mensual).
- IVA (mensual): mismo trámite, pero marcando "Impuesto al Valor Agregado".
Declaración anual
- Ingresos: suma los intereses que ganaste en RedGirasol a tus demás ingresos, en la pestaña de Ingresos.
- Retenciones: captura la información de tus retenciones desde el menú Estados de cuenta > Retenciones de ISR de tu Portal de Inversión, en la pestaña "Retenciones de ISR" de tu declaración.
Preguntas frecuentes
¿Debo declarar aunque haya ganado muy poco? Sí. No existe un monto mínimo — cualquier ingreso, desde 1 peso, debe declararse.
¿Necesito cambiar de régimen o aumento de obligaciones para poder invertir en RedGirasol? No, no es necesario para poder invertir en la plataforma.
¿Si ya me retuvieron impuestos, ya no tengo que declarar? No — la obligación de declarar sigue siendo tuya. La retención no es un pago definitivo.
¿Puedo pedir devolución de las retenciones de ISR? Sí, puedes incluirlas en tu declaración anual. Si resulta saldo a favor, puedes solicitar la devolución — el SAT es quien revisa y resuelve esa solicitud.
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